Responsabilidad Patrimonial
Reparación de los daños causados por la actuación administrativa.
Reparación de los daños causados por la actuación administrativa.
Una actuación administrativa puede tener un impacto económico considerable sobre una empresa, una actividad o un patrimonio. Contreras & Co. analiza la viabilidad de reclamaciones de responsabilidad patrimonial, con especial atención a los sectores regulados y a los daños relacionados con la actividad minera.
Como referencias normativas, la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público regula los principios de la responsabilidad patrimonial, mientras que la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común establece las reglas procedimentales y las especialidades de su reclamación.
Nuestro punto de partida es comprender qué ha sucedido, qué perjuicio se ha producido y qué documentación permite relacionarlo con la actuación administrativa. La reclamación se construye desde ese análisis, no desde una cifra fijada de antemano ni desde la promesa de obtener una indemnización.
Revisamos los antecedentes, las resoluciones, las notificaciones y los procedimientos relacionados con el daño. Valoramos su carácter efectivo, su antijuridicidad, la relación causal con la actuación administrativa y los plazos aplicables al caso.
También examinamos las circunstancias que pueden debilitar la reclamación: la intervención de otros factores, la falta de documentación o las diferencias entre el perjuicio alegado y el que resulta acreditable. Este estudio permite explicar con claridad qué puede reclamarse y qué extremos requieren un mayor respaldo.
Trabajamos la cuantificación diferenciando los gastos y pérdidas directamente sufridos de los beneficios que se sostenga que han dejado de obtenerse. Cada concepto necesita una justificación propia y una conexión con los hechos, evitando duplicidades y estimaciones que no puedan explicarse.
En una explotación minera, el análisis puede exigir estudiar producción histórica y prevista, reservas, contratos, precios, costes, márgenes y duración de la afección. Revisamos también la situación jurídica y operativa de la actividad para que las proyecciones no se apoyen en expectativas ajenas a su realidad.
Ordenamos la información que sustenta la reclamación: expedientes, comunicaciones, facturas, contratos, registros de actividad e informes. La coherencia entre esa documentación y la valoración económica resulta esencial para presentar una explicación comprensible del perjuicio.
Cuando el asunto requiere conocimientos técnicos o económicos específicos, coordinamos el planteamiento jurídico con los profesionales que elaboren los informes correspondientes. No sustituimos la prueba del daño por una acumulación de cifras: buscamos que cada partida tenga un fundamento identificable y verificable.
Preparamos la reclamación administrativa, las alegaciones y la respuesta a los requerimientos que se produzcan. Si el conflicto debe continuar ante los tribunales, conectamos esa fase con nuestra práctica contencioso-administrativa, manteniendo una misma explicación de los hechos y del daño.
La especialización en Derecho Minero permite abordar las particularidades de una paralización o limitación de la actividad extractiva. Este enfoque no excluye otros supuestos de responsabilidad patrimonial que afecten a empresas, titulares de derechos o particulares: cada asunto se estudia según su fundamento y su prueba.